Orden 18/2010, de 3 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de elección, renovación parcial y constitución de los Consejos Escolares de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de La Rioja
4. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará de entre sus miembros una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
Orden 17/2010, de 12 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los Consejos Escolares de las Escuelas Infantiles, Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria, Colegios Rurales Agrupados y Colegios Públicos de Educación Especial, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja
3.6. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará de entre sus miembros una persona que impulse medidas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, conforme a lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley Orgánica de Educación.


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